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sábado, 29 de diciembre de 2007
Uruguay aprueba la Union Concubinaria
El Parlamento uruguayo envió al Poder Ejecutivo el proyecto de regularización de unión concubinaria que habilita la unión entre personas del mismo sexo.
En la ultima sesion del año, la Cámara de Senadores aprobó a las 16:20 horas el proyecto de Unión Concubinaria que otorga los mismos derechos del matrimonio, salvo la adopcion como pareja, a quienes hayan convivido durante 5 años, y será enviado al Poder Ejecutivo para su promulgación.
La votacion fue rapida y tuvo 17 votos a favor y 5 en contra y transforma asi a Uruguay en el primer pais Latinoamericano y Caribeño en otorgar mismos derechos a nivel nacional.
Tras la polémica que se generó en ambas cámaras, el proyecto de Unión Concubinaria fue finalmente aprobado por el Senado. Luego pasó a Diputados, donde se le efectuaron modificaciones, razón por la cual este martes el Senado debió volverlo a considerar para darle la aprobación final.
Como ya fue largamente discutido, los senadores sólo se limitaron a aceptar las modificaciones y pasa al Poder Ejecutivo para su promulgación.
En lo medular, el texto establece que la convivencia ininterrumpida de al menos cinco años en concubinato genera derechos y obligaciones, inclusive para parejas de igual sexo.
Esto pasó este martes al Poder Ejecutivo para su promulgación y una vez que entre en vigencia lo primero que deben hacer quienes quieran adherirse a la misma es presentarse ante un juez de familia.
Una vez reglamentada la norma, las parejas tendrán derechos y obligaciones concernientes a la asistencia recíproca, la creación de sociedad de bienes, los derechos sucesorios y el cobro de pensiones por fallecimientos, entre otros.
En ese sentido, el artículo 20 dispone que las “concubinas y concubinos gozarán de todos los derechos y obligaciones de la seguridad social”. Edgardo Ortuño, diputado del Frente Amplio, aseguró que el proyecto se convertirá en ley, “porque da cuenta de un nuevo impulso en legislación social promovida” por el gobierno de Tabaré Vázquez.
“Las uniones homosexuales pasarán a tener los mismos derechos y obligaciones que los matrimonios heterosexuales con respecto a las pensiones, la guarda de los hijos en común, la compra y la sucesión de bienes”, explicó la senadora Margarita Percovich.
Sin embargo, las parejas del mismo sexo no podrán adoptar legalmente niños. Este había sido uno de los cuestionamientos de las organizaciones que defienden los derechos de los gays y lesbianas a la iniciativa. “Si se reconocía el derecho de las parejas homosexuales a adoptar, el proyecto nunca a iba a ser tratado y aprobado en el Parlamento. Sin embargo, tuvimos en cuenta que el Código de la Niñez y la Adolescencia permite a las solteros y los solteras adoptar sin dificultades. Pero si una pareja del mismo sexo se presenta a solicitar una adopción puede tener problemas para lograrlo, porque en ese caso dependería de los valores del juez”, analizó y reconoció la senadora Percovich.
En caso de ruptura, y si no hubiera problemas de violencia doméstica, continuaría este compromiso económico por un tiempo que no puede superar el tiempo de la unión.
Cuando entre en vigencia la ley, aquellos concubinos que quieran registrarse como tales podrán hacerlo en el Registro Civil, y desde ese momento el deber de fidelidad mutua quedará vigente mientras permanezcan en la misma casa. En caso de arrepentimiento, habrá mecanismos para disolver legalmente la unión.
Normas
En el texto se establece que la convivencia ininterrumpida de al menos cinco años en unión concubinaria genera derechos y obligaciones, cualquiera sea el sexo.
Los concubinarios están obligados a contribuir a los gastos del hogar de acuerdo a su respectiva situación económica. Una vez disuelto el vínculo persiste la obligación de auxilios recíprocos durante un período subsiguiente no mayor al de convivencia. Presentada una demanda de alimentos, la parte demandada podrá excepcionarse cuando la demandante haya sido condenada por la comisión de un delito en perjuicio de ésta o sus parientes hasta en tercer grado en línea descendente, ascendente o colateral.
El reconocimiento inscripto de la unión concubinaria dará nacimiento a una sociedad de bienes sujeta a las disposiciones que rigen la sociedad conyugal. La extensión de los derechos pensionarios a los concubinos operará transcurrido un año de la entrada en vigencia de la ley.
Agradecimiento especial a Adrian Russo de las Hermanas de la Perpetua Indulgencia por el detallado informe para SentidoG.com
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